La página web del Consejo de Medicina de Iowa ha liberado un documento que contiene varias acusaciones hechas el 23 de agosto. La audiencia se llevará a cabo lo días 11 y 12 de octubre de 2012 con el Consejo de Medicina de Iowa. En la página número 4 del documento, los cargos están listados en:
Primera acusación:
Incompetencia: El médico responderá legalmente por uno o más de los siguientes cargos
- Negligencia grave
- Negligencia grave en más de un caso
- Falta de conocimiento o habilidad en las obligaciones profesionales
- Procedimientos de mala conducta, patrones hechos por otros médicos en Iowa en situaciones semejantes
- Incumplimiento asignado a la atención al paciente
- Incumplimiento de normas aceptables de práctica médica en Iowa.
Segunda acusación:
Violar las leyes de los reglamentos adoptados por el Consejo de Medicina de Iowa, prescribir o admitir drogas sin control.
Tercera acusación:
Violar las leyes de los reglamentos adoptados por el Consejo de Medicina de Iowa, por no seguir las pautas del control de dolor con fármacos.
Cuarta acusación:
Ética y conducta de no profesionalismo.
Además de estos cargos, desde el año 2004, Daniel Baldi ha recibido los siguientes informes de faltas e incumplimientos en el tratamiento en muchos pacientes:
- Prescribir y/o administrar medicamentos de manera indiscriminada.
- Prescripción de altas dosis y potencialmente letales para muchos pacientes, como el Vicodin, Hydromorphone, OxyContin, Hydrocodone, Pentazocine, Metadona, Zolpidem, Suboxone, Lunesta, Alprazolam, Lorazepam y Diazepam.
- Falta de documentar y hacer examentes físicos, incluyendo: Historial clínico, niveles de dolor, funciones físicas y psicológicas, hospitalizaciones previas, estudios diagnósticos, antecedentes de abuso de sustancias y otras condiciones.
- Falta de documentar la necesidad de que el paciente utilice una terapia de la mediación con base de opio para el tratamiento de dolor crónico.
- Falta de documentar la necesidad del paciente a someterse a procedimientos para el tratamiento de dolor crónico.
- No realizar los procedimientos necesarios para el tratamiento de dolor crónico.
- Falta de documentos, estudios de revisión y de imágenes de diagnostico de los pacientes sobre la base de opio para el dolor crónico.
- Falta en documentar la evaluación psicológica necesaria y el seguimiento de los pacientes.
- Falta de documentar y planificar los planes de tratamiento de los pacientes, incluyendo los objetivos del tratamiento, diagnósticos, tratamientos y otros hechos.
- Falta de mantenimiento de documentar la regularización del uso de estas drogas y las consecuencias de su uso indebido.
- Falta de no obtener los documentos con conocimiento de los pacientes a los riesgos del uso de sustancias controladas.
- Incumplimiento en documentar el seguimiento del tratamiento, incluyendo las pruebas de antidopaje y las pruebas del uso indebido de drogas.
- Incumplimiento en documentar los cambios en el tratamiento de los pacientes.
- Falta en documentar los esfuerzos realizados para alentar y aconsejar a los pacientes sobre el uso adecuado de los medicamentos.
- Falta en documentar los esfuerzos de enviar a los pacientes con resultados positivos en las pruebas de orina por drogas.
- Falta de documentos de los pacientes y la guía de que violaron las reglas de su tratamiento.
- Incumplimiento de emitir un documento adecuado para los pacientes que completaron el tratamiento a base de opio para el dolor crónico.
- Falta de documento de comunicación con otros médicos que trataron a los pacientes.
- Incumplimiento en supervisar y documentar a otros profesionales que dieron a la terapia basada en opio para sus pacientes.
- Incumplimiento en mantener los registros médicos adecuados.
- Pedido/Aplicación de cremas para el dolor para su uso en oficina.
- Emisión de ingresos para su uso propio.
- Falta en el cambio de un dispositivo para el uso de los medicamentos inyectables, lo que llevó al paciente a recibir una dosis excesiva del fármaco, causando la muerte del paciente.